Volver DD.HH<<
Volver Libertad<<

 

continuación

Persecución político-judicial contra el movimiento mapuche

13 de diciembre de 2002: La Corte de Apelaciones de Temuco, ante un recurso de amparo presentado por la defensa de los detenidos en la redada del 4 de diciembre, confirma la medida cautelar de "prisión preventiva" contra 15 de los 16 imputados. El máximo tribunal sólo acogió la petición de libertad, aunque con medidas cautelares, para Ester Álvarez, miembro de la comunidad "Juan Aylla Varela" de la comuna de Collipulli aduciendo falsas razones "humanitarias" producto de su embarazo. Según manifestó la abogada Miriam Reyes, de la defensoria penal pública de Angol, tales razones "humanitarias" jamás habrían existido (el ordenamiento jurídico chileno sólo las contempla para dementes, enfermos terminales y mayores de 70 años) y sólo serían consecuencia de lo "absurdas" de las pruebas que los fiscales presentaron en su contra.
"La circunstancia de que haya salido Ester Álvarez, da cuenta que para el tribunal los hechos que se investigan no son de la magnitud de la cual desde el punto de vista mediático, comunicacional ha pretendido señalar el Ministerio Público. Si acá efectivamente la Corte hubiese considerado que hay un grupo que tiene sembrado el terror en la zonas rurales y urbanas de la novena región, nadie hubiese salido en libertad, con una medida cautelar de baja intensidad, como es firmar y permanecer con arraigo nacional", señaló la profesional.

18 de diciembre de 2002: El Tribunal de Garantía de Temuco determina acoger la solicitud de la Fiscalía en orden a investigar a los comuneros mapuches detenidos en Temuko, Angol y Traiguén bajo la figura de la "Asociación Ilícita Terrorista". Además, decreta mantener la prisión preventiva de los últimos cuatro comuneros mapuches incluidos en el múltiple procesamiento (Rafael y Pascual Pichun, Luis y Juan Millacheo y el werken José Huenchunao), todos ellos recluidos en cárceles de la Novena y Octava regiones en el marco de otras investigaciones judiciales relacionadas con el conflicto mapuche.
Tras conocerse la determinación del Tribunal, el fiscal Alberto Chifelle señaló su absoluta conformidad. "El hecho que se haya calificado de terrorista esta conducta, nos permite a nosotros como fiscalía realizar una serie de diligencias que afectan derechos garantizados constitucionalmente, una serie de diligencias que enumera el propio articulo 14, un catálogo que se establece ahí. Es decir, nos da en ese sentido más facultades, mayor cantidad de facultades para realizar esta investigación", señaló.
Por su parte, el Abogado Jaime López, uno de los defensores asignados por el Ministerio Público al caso, lamentó la medida decretada por el tribunal. "Nosotros vamos a estudiar la posibilidad de apelar a esto, por cuanto nos parece extremadamente grave el hecho de que se dicte una resolución fundada según la ley y se califique una situación de fondo sin ningún antecedente que ustedes han podido apreciar... Se le pregunta a la fiscalía si en los antecedentes hay informes periciales, no hay informes periciales, se están elaborando. Se pregunta si hay testigos, testigos que no se puede decir quienes son, etc... En este caso, se ha calificado una conducta terrorista prácticamente de nada", manifestó.

20 de diciembre de 2002: A través de un comunicado público, los presos políticos mapuche y no mapuche recluidos en la cárcel de Temuko denuncian lo irregular de sus procesamientos y la campaña política, judicial y comunicacional montada por el gobierno de la Concertación en su contra.
"Tanto nuestra detención como la de nuestros hermanos y hermanas, obedece a una estrategia política del gobierno, con el claro objetivo de seguir resguardando los grandes intereses económicos, que tienen las forestales que supuestamente hoy se ven amenazados por la lucha que llevan nuestras comunidades", manifestaron.
También denuncian a los Fiscales del Ministerio Público de actuar de manera "arbitraria" y "racista" en contra de todos ellos. "Los fiscales continúan con el afán de figurar y ganar status como profesionales y con esto llevar adelante un juicio político en contra de la CAM, actuando dentro de este marco de una forma irresponsable, racista y xenofóbica en contra de personas que luchamos por nuestros legítimos derechos; por ende, violan todas y cada una de las garantías del debido proceso y los tratados internacionales respecto a los derechos humanos", señalaron.

21 de diciembre de 2002: Basados en antecedentes obtenidos de las carpetas de investigación, un profesional de la Defensoría Penal pudo comprobar que se había autorizado por parte del Ministerio Público la intercepción del teléfono celular del abogado Pablo Ortega, defensor ante los tribunales de los miembros de la Coordinadora Arauco-Malleco detenidos en Temuco por supuesta "Asociación Ilícita Terrorista". Esto quedó establecido tras la realización de una audiencia extraordinaria para analizar dicha situación llevada a cabo el 21 de diciembre en la ciudad de Temuko y que fue solicitada por el abogado de la Defensoria del Ministerio Público, Jaime López.

Sin embargo, la sorpresa de los abogados defensores sería mayúscula cuando -tras su intervención en la citada audiencia- el Fiscal del Ministerio Público, Francisco Rojas, reconoció que efectivamente se mantenían intervenidos los teléfonos no solo del abogado de la CAM, Pablo Ortega, sino también el equipo celular del perito de la Defensoría Penal Pública, Asistente Social Víctor Alonqueo. Según el Fiscal Rojas, esta medida habría sido solicitada por la parte querellante por existir "presunciones" de una vinculación "más allá del ámbito jurídico" entre el abogado Pablo Ortega y los mapuches imputados por delitos terroristas.

Estas "presunciones" habrían bastado para solicitar la interceptación de sus comunicaciones telefónicas, medida que fue autorizada en su momento por la Jueza de Garantía Maria Isabel Uribe. Sin embargo y tras finalizada la audiencia, la propia magistrado Uribe determinó el cese inmediato de la intercepción telefónica del Abogado Pablo Ortega, argumentando que al momento de autorizar dicha medida "desconocía" el rol del abogado como defensor de los comuneros mapuches de la CAM.

Tras conocerse la irregular medida judicial y el posterior fallo a favor de la defensoría, el abogado Pablo Ortega señaló: "Lamento profundamente el criterio de los fiscales del Ministerio Público, ya que pretender que los abogados defensores pudiéramos estar vinculados a la comisión de delitos supuestamente terroristas nos parece extremadamente grave, un verdadero atentado a la profesión de abogado". Días más tarde, el profesional interpuso ante el Colegio de Abogados de la Octava Región un recurso de amparo gremial en contra de la Jueza de Garantía de Temuco, María Isabel Uribe.

En Temuko en tanto, los abogados Hugo Gutiérrez, Jaime Madariaga y Rodrigo Lillo interpusieron una querella en contra de los fiscales del Ministerio Público responsables del hecho. Los profesionales sostuvieron que la resolución que ordenó la interceptación telefónica databa del 29 de noviembre, fecha en la cual el abogado Ortega ya tenía la calidad de defensor de los comuneros detenidos en Temuco. Para los defensores, "la autorización del Tribunal de Garantía se obtuvo de una manera no ajustada a derecho, ocultándose dolosamente información esencial que de haberse entregado en forma oportuna habría redundado indudablemente en la negativa de la autorización". Dicha querella sería acogida a tramitación por la Corte de Apelaciones el 26 de diciembre.

23 de diciembre de 2002: La oficina del Codepu en Valdivia anuncia el envío de un reporte con los antecedentes del caso judicial contra la CAM al Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos de la Federación Internacional de Derechos Humanos en Francia (FIDH) y al Programa de Defensores de Amnistía Internacional en Londres, con el fin de que esta situación se conozca en los organismos internacionales que súper vigilan el accionar del estado de Chile en materia de derechos humanos en Naciones Unidas.

El informe incluirá la situación ocurrida al abogado Jaime Madariaga, a quien en un extraño atentado le quemaron su vehículo particular el pasado mes de agosto frente a su domicilio en el centro de Temuco. Este hecho lo vinculan a la situación de la joven Daniela Ñancupil Lepin, baleada por funcionarios policiales en un confuso incidente ocurrido en el mes de diciembre de 2001 al interior de Chol-Chol. Jaime Madariaga es abogado de la joven y ha solicitado el sometimiento a proceso de tres funcionarios policiales por este caso.

26 de diciembre de 2002: Tras realizarse una audiencia secreta y sin la participación de los abogados defensores de los mapuches detenidos en Temuko, el Tribunal de Garantía acoge una solicitud de la Fiscalía del Ministerio Público de "dispersar" a los presos de la CAM a diferentes recintos penales de la región. Según manifestó la fiscal a los medios de comunicación, la extraordinaria medida -similar a la tomada por el Estado español contra los presos políticos vascos- buscaba evitar una "rearticulación" de la CAM desde el interior de la cárcel.

En rueda de prensa, la Fiscal Regional Esmirna Vidal manifestaría más tarde su total respaldo a la medida tomada por el Tribunal de Garantía. “La gente está cansada de la violencia y por ello pedimos al tribunal la separación de los imputados en distintas cárceles de la región por cuanto ya hemos tenido antecedentes de que esta asociación terrorista está rearticulándose ahora desde la cárcel, como lo hemos podido observar a raíz de los últimos hechos de violencia ocurridos en Ercilla y Collipulli, los que estamos investigando en la actualidad”, señaló.

27 de diciembre de 2002: A través de un comunicado público, miembros de la comunidad pehuenche de Malla Malla denuncian una serie de "irregularidades" cometidas por la policía y los tribunales en la investigación por la muerte de Jorge Suárez Marihuan. "Ante la denuncia de presunta desgracia por la desaparición de Jorge Suárez, Carabineros se marginó de su búsqueda y se limitó solamente a dar órdenes una vez que sus familiares y amigos encontraron el cuerpo. Actitud muy distante de la tenida con otros casos de desaparición que afectan a familias de la región", señalan los comuneros, en directa alusión al caso de Jorge Matute Johns y el espectacular despliegue de medios policiales y técnicos comprometidos desde hace dos años en su búsqueda.

Por otra parte, los miembros de la comunidad denuncian un trato discriminatorio por parte de tribunales para con las familias de la víctima. "En demasiadas oportunidades se le ha negado a la familia tener acceso al informe del forense argumentando que es "secreto de sumario", en circunstancias que el día jueves 12 de diciembre, mientras se esperaba la entrega del cuerpo en el Instituto Médico Legal, el señor Guido Ríos (Jefe de Gabinete de la Gobernación) se comunicó con dicho servicio para obtener dicha información... Finalmente, denunciamos que hasta el día 18 de diciembre el juzgado de Santa Bárbara no había dado ninguna orden a la policía para investigar sobre cómo y en que circunstancias murió nuestro hermano", finalizan.

29 de diciembre de 2002: Abogados defensores de la CAM en Temuko interponen ante la Corte de Apelaciones de Temuko un recurso de amparo en favor de los 16 detenidos, ello porque la audiencia en que se solicitó su traslado a distintas cárceles de la región se habría realizado de manera "secreta", sin que se oficiara a los abogados defensores, lo que resultaría a todas luces una "grave irregularidad".

El abogado defensor Jaime Madariaga manifestó a radio Bio-Bio su sorpresa por la actitud asumida por la Fiscalía. "A mi me sorprenden las declaraciones formuladas el día viernes por la fiscalia, en que justifica su actuar señalando que tiene presunciones de que la Coordinadora se esta rearticulando al interior de la cárcel y para ello se fundamenta en los hechos ocurridos el día miércoles y jueves en Collipulli y Ercilla, pero lo absurdo y realmente absurdo es que pidió el traslado el día lunes, tres días antes que ocurrieran los hechos y más encima en una audiencia secreta”.

Madariaga señaló que los defensores no fueron informados de esta audiencia, ni de su resolución, conociéndola solo en día jueves en la tarde. Por su parte la abogado jefe de la Defensoría Penal Pública Mapuche, Sandra Jelvez, entregó mayores antecedentes del procedimiento.

"La verdad es que nos causo mucha sorpresa esta solicitud de traslado puesto que se hizo a puertas cerradas, en forma secreta, cuando en realidad de acuerdo a las normas de nuestro nuevo sistema, esto debió ser discutido en una audiencia con la citación y participación de la defensoria... Esto me parece de una gravedad enorme -agregó la defensora mapuche- ya que los fiscales sólo buscan apremiar sicológicamente a mis representados con el objeto de que presenten una eventual declaración inculpándose de los hechos", denunció.

Por su parte la abogado jefe de la Defensoría Penal Pública Mapuche, Sandra Jelves, entregó mayores antecedentes del procedimiento. "Es importante señalar que recién el día 26 de diciembre, a las 18 horas, aproximadamente, tomamos conocimiento que se había decretado el traslado de varios imputados dentro de ellos, ocho cuyas defensas son de mi representación. La verdad es que nos causo mucha sorpresa esta solicitud de traslado puesto que se hizo a puertas cerradas, en forma secreta, cuando en realidad de acuerdo a las normas de nuestro nuevo sistema, esto debió ser discutido en una audiencia con la citación y participación de la defensoria”.

Finalmente, la orden de "dispersar" a los presos políticos recluidos en Temuko no se cumple debido a la negativa manifestada por autoridades de Gendarmería. Según manifestó a la prensa su Director Regional, la institución uniformada no podía autorizar el traslado de los detenidos por estrictas razones de "seguridad" y falta de "personal idóneo" en los penales de Lautaro y Nueva Imperial, recintos seleccionados previamente por el Tribunal de Garantía.

30 de diciembre de 2002: A través de un comunicado público, los presos políticos mapuche de la CAM recluidos en Temuko manifiestan su rechazo a la medida judicial decretada por el Tribunal de Garantía en orden a "dispersarlos" en distintos penales de la región. Esta medida -señalan los detenidos- sólo se compara con los métodos utilizados por la "dictadura" militar para amedrentar a sus opositores políticos.

"Nos queda claro, con este suceso, que la fiscalía pública esta utilizando explícitamente técnicas de torturas psicológicas muy semejantes a la S.S. de Hitler o al más puro estilo de la CNI de Pinochet. Esto demuestra que no poseen las pruebas contundentes que dicen tener. En este sentido somos categóricos, esto no es un atropello a un grupo o ha individuos sino al Pueblo Mapuche que aún sigue escribiendo su historia con sangre y al tenor de las rejas. Esto sin duda quedara sellado que el Estado chileno que ampara el poder transnacional en pleno siglo XXI, atropella con toda su fuerza los derechos humanos del Pueblo Mapuche".

Finalmente, los miembros de la CAM señalan la iniciación de una "huelga de hambre líquida" de concretarse a futuro dicha medida extrema solicitada por la Fiscalía y autorizada por el Tribunal de Garantía de Temuko.

______________________________________

Mapuche Lientur / http://www.nodo50.org/kolectivolientur