OMCT Preocupada por la Integridad Física Psicológica de los presos Mapuche

Marcha mapuche en Temucuicui

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COMUNICADO DE PRENSA

CHILE: La Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) manifiesta su seria preocupación por la integridad personal de siete prisioneros líderes y comuneros mapuches, en huelga de hambre desde el 10 de octubre de 2007

Ginebra, 30 de octubre de 2007. La Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) manifiesta su seria preocupación por la seguridad y por la integridad física y psicológica de los comuneros mapuches Sres. Jaime Marileo Saravia, José Millalen Milla, Héctor Llaitul Carrillanca, José Huenchunao Mariñan y la activista Sra. Patricia Roxana Troncoso Robles, quienes mantienen una dura huelga de hambre desde hace 20 días, detenidos en la prisión de Angol (1).

En efecto, el 10 de octubre 2007, los mencionados prisioneros comenzaron una huelga de hambre "seca", la cual tiene un carácter indefinido, según sus propias declaraciones, con el fin de pedir la libertad de todos los prisioneros políticos mapuche, la desmilitarización de las zonas en conflicto en la Región de la Araucanía, y en general, que se ponga fin de la represión contra las comunidades mapuche. Dicha decisión fue igualmente tomada con el fin de denunciar lo que consideran montajes político-judiciales que se han efectuado en contra de los dirigentes mapuches.

Por otra parte, a partir del 15 de octubre de 2007, se sumaron a la huelga de hambre, por solidaridad y con las mismas demandas que los otros huelguistas, el lonko Iván Llanquileo, (autoridad tradicional) de la comunidad "Juana Millahual", de Rukañanco, encarcelado en la Cárcel de El Manzano, en Traigén, y Waikilaf Cadin Calfunao de la Comunidad "Juan Paillalef", recluido en la Cárcel de Alta Seguridad (CAS) en Santiago de Chile.

La OMCT señala con preocupación que dos de los siete prisioneros mapuches actualmente en huelga de hambre, la Sra. Patricia Roxana Troncoso Robles y el Sr. Florencio Jaime Marileo Saravia, quienes fueron condenados el 21 de agosto de 2004 a penas de diez años y un día de prisión por "incendio terrorista"(2), ya habían llevado a cabo una huelga de hambre en detención a partir del 13 de marzo de 2006, con el fin de exigir la liberación inmediata de todos los prisioneros políticos mapuches al igual que la revisión de sus respectivos procesos por parte de un tribunal independiente e imparcial(3).

Consecuentemente, el 13 de mayo de 2006, los dirigentes mapuches firmaron un acuerdo con las autoridades carcelarias, comprometiéndose a poner fin a la huelga de hambre hasta que fuera discutido el proyecto de Ley que modificaría el Decreto Ley Nº 321 de 19254. Finalmente, el 17 de mayo de 2006, este proyecto fue aprobado por la Comisión de Derechos Humanos del Senado. Sin embargo, a finales de 2006, éste aún no había sido adoptado.

Por su parte, los Sres. Héctor Llaitul Carrillanca y José Huenchunao Mariñan, ambos ahora dentro del grupo de huelguistas, son dirigentes mapuches de la Coordinadora Arauco-Malleco, detenidos el 21 de febrero y el 20 de marzo del 2007 respectivamente, y se encuentran en prisión para cumplir las condenas, ya pronunciadas previamente en su ausencia, utilizando para ello la legislación antiterrorista. El Sr. Hector Llaitul Carrillanca había sido condenado, por la Corte de Apelaciones de Concepción, a 541 días de cárcel y el Sr. José Huenchunao Mariñan por su parte debe cumplir una condena de diez años y un día de cárcel.

La OMCT vuelve a manifestar su preocupación por la seguridad, y por las condiciones de salud, en particular por las consecuencias que conlleve ésta huelga de hambre sobre la integridad física y psicológica de los Sres. Jaime Marileo Saravia, José Millalén Milla, Héctor Llaitul Carrillanca, José Huenchunao Mariñan, y de la Sr. Patricia Roxana Troncoso Robles, Ivan Llanquileo y Waikilaf Cadin Calfunao, así como por los demás miembros de sus respectivas familias, y observa con inquietud que los reclamos presentados tanto por los mapuche en huelga de hambre como por el resto de sus comunidades, siguen siendo desatendidos.

La OMCT manifiesta también su preocupación por la situación de inseguridad que sufren los defensores de los derechos de la comunidad mapuche en Chile y recuerda que, éstos últimos, además de ser objeto de amenazas de muerte, de actos de acoso y de intimidación con el fin de presionarlos para que abandonen su lucha por la comunidad, se encuentran criminalizados a través de procesos judiciales con el objetivo de sancionar su actividad y de desacreditar su acción ante los ojos de la población.

El Secretario Internacional de la OMCT urge a la Comisión de Constitución del Senado y a la Cámara de Representantes a implementar el mencionado Proyecto de Ley que modifica el Decreto Ley Nº 321 de 1925, sobre la libertad condicional, para de esta manera no dilatar más el proceso judicial contra los Mapuches y otorgarles la libertad.

Para mayor información por favor comunicarse con:
OMCT: Clemencia Devia Suarez: + 41.22.809.49.39 _______________________________________

  1. Ver Informes Anuales 2005 y 2006 del Observatorio para la protección de los defensores de derechos humanos, un programa conjunto OMCT-FIDH.

  2. Tres de los siete prisioneros mapuches actualmente en huelga de hambre: la Sra. Patricia Roxana Troncoso Robles, y los Sres. Florencio Jaime Marileo Saravia y José Huenchunao Mariñan, fueron condenados, en primera instancia, acusados de haber provocado un incendio, el 19 de diciembre de 2001, en el predio denominado "Poluco Podenco", propiedad de la empresa forestal "Mininco" y juzgados bajo el cargo de "Incendio terrorista", delito en el que ellos niegan haber participado. En esa ocasión también fueron condenados los líderes mapuches: José Huenchunao Mariñan, Werken (portavoz) de la Coordinadora mapuche Arauco Malleco y Juan Millacheo Licán, Lonko (líder) de la comunidad de Chekenko, además del comunero mapuche Sr.José Patricio Marileo Saravia. Varios de los imputados, entre ellos José Osvaldo Cariqueo Saravia, lonko de San Ramón, Luis Catrimil, lonko de Tricauko, Myreya Figueroa dirigente de Tricauko y José Llanquileo, dirigente de la mencionada Coordinadora, fueron declarados en rebeldía por su no comparecencia y se dictó una orden de detención permanente en su contra. Posteriormente, el 7 abril de 2006, el Tribunal Oral en lo Penal de la ciudad de Angol, absolvió en por insuficiencia de pruebas a los Sres. José Osvaldo Cariqueo Saravia y Juan Antonio Colihuinca Ancaluán.

  3. En esa ocasión, el 6 de mayo de 2006, dos meses después de comenzada la huelga de hambre, los huelguistas fueron esposados y conducidos a la fuerza a un centro de asistencia donde fueron obligados a practicarse un examen médico que fue calificado por los familiares de los mismos como una "excusa mediática" ya que no fueron revisados concienzudamente.

  4. Este proyecto, presentado por el Senador Navarro, prevé que quienes hayan sido condenados por los delitos mencionados en la Ley antiterrorista, que no impliquen actos contra las personas, puedan beneficiarse de la libertad condicional, en el contexto de la reivindicación de tierras indígenas.

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