Declaración Pública de Isolde Reuque

Temuco, septiembre 08 de 2004.

La ley indígena N° 19.253, en su artículo 17° establece la indivisibilidad de las tierras indígenas que generan superficies menores a 3 hectáreas. El espíritu de dicho artículo apunta a proteger las tierras con una condición que hace posible su explotación ya que una superficie menor solo provoca la posibilidad de mayor pobreza y dificultades familiares.

La división de las tierras indígenas proviene de situaciones dolorosas para ellos, dando lugar a condiciones de importantes quebrantamientos al interés cultural asociado a la propiedad comunitaria.

En un escenario en donde por un lado el gobierno hace grandes esfuerzos por recuperar superficies usurpadas del patrimonio indígena, con el compromiso de entregar 150 mil hectáreas, por distintos mecanismos a las comunidades indígenas, surge de otra parte, una propuesta por parlamentarios que pretende subdividir aún más las pequeñas propiedades.

Fueron razones culturales fuertes las que se plantearon para resguardar estas pequeñas propiedades, hoy estas razones no pueden desconocerse, cuando quienes hicieron posible esta ley la discutieron en múltiples eventos con participación de diversas organizaciones representativas de los indígenas. Los procesos vividos para concretarla no pueden ser desconocidos hoy por un número tan reducido.

¿Cuál ha sido el mecanismo de consulta que estos parlamentarios han utilizado para proponer una modificación de la ley que fue tan ampliamente discutida?

La tierra constituye un elemento esencial en la vida de los mapuches, por lo tanto, las visiones que tienen quienes no son indígenas difieren muchos de la muestra, por lo tanto, creemos fundamental que cualquiera situación que afecte a nuestras tierras, es un tema de discusión propio de los indígenas y nosotros decidimos como canalizamos lo que se concluya.

Desconocemos los intereses de los que sostienen la modificación, pero estamos claros que no corresponde a nuestro deseo. La ley N° 19.253 es un instrumento de protección al patrimonio indígena y su modificación necesita del consentimiento de quienes nos vinculamos tan fuerte a la tierra.

Estimo que los esfuerzos de los parlamentarios y de quienes estén por el fortalecimiento de nuestros pueblo deben encaminarse hacia el reconocimiento constitucional y la adecuación de otros instrumentos del Estado que permitan favorecer a los mapuche.

Por lo tanto, me opongo tajantemente a cualquier intento de modificar la ley indígena que no clarifique claramente lo que se esconde detrás de ellos. Exijo el debido respeto a quienes hemos dado todo nuestro esfuerzo para que esta ley sea una realidad.


ROSA ISOLDE REUQUE PAILLALEF
Consejera Nacional CONADI

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Declaración Pública de José Llancapan

En mi calidad de Consejero Indígena ante la CONADI en representación de las identidades urbanas, quisiera pronunciarme sobre la modificación que se tramita actualmente en la Cámara de Diputados, de la Ley Indígena Nº 19.253, específicamente su artículo 17.

A juicio de este Consejero, la protección de las tierras indígenas es un sistema integrado y coherente, cuyas piezas más relevantes son aquellas normas que garantizan la inalienabilidad e indivisibilidad de las tierras indígenas. Estas normas, verdaderos principios rectores del régimen de tierras indígenas, tienen por destino que ellas no se vendan a particulares no indígenas.

Ante la actual modificación en curso, he de decir que el Consejo de la CONADI, al cual pertenezco por voto popular, votó a favor de la revisión del régimen de tierras indígenas a la luz del proyecto original presentado por los Diputados Tuma (PPD), Meza (PR)y Silva (DC). Este proyecto planteaba sólo la reducción de la tierra a 0,5 hectáreas, debido a las graves consecuencias que supuestamente provoca el actual régimen entre comuneros indígenas, dado que no se puede postular a subsidios del Estado sin ser titular individual de la tierra, y que es imposible dividir las tierras de herencia a menos de 3 hectáreas. Asimismo, este proyecto iba acompañado del aval de que los lotes resultantes no podrían venderse o donarse a terceros no indígenas. Sumado a ello, el proyecto sólo afectaba a tierras mapuche.

La Comisión de Agricultura, luego de revisar el Proyecto, lo modificó de la peor manera. Primero, redujo en determinados casos la cabida mínima de 0,5 hectáreas a 500 metros. Segundo, la prohibición de venta o enajenación de la tierra indígena, es sólo por 5 años. Tercero, se extendió esta reforma a las tierras de todos los pueblos indígenas.

Imaginemos las nefastas consecuencias de esta reforma en las tierras de comunidades aymara, likan antai, rapa nui y austral, sin perjuicio del efecto que pudiera provocar en las mismas tierras mapuche. La experiencia histórica hace suponer los graves efectos de esta reforma: usurpación, presiones inmobiliarias, división de familias enteras, más migración campo ciudad, pauperización y pobreza, pérdida de patrones culturales, pérdida del territorio ancestral, etc.

Esta modificación fraudulenta, ha implicado jugar con el voto de los representantes indígenas del Consejo de la CONADI. El voto favorable que personalmente entregué a favor de revisar el régimen de tierras, no es una carta blanca, como se ha querido hacer parecer ante la opinión pública y ante el Congreso Nacional. Los miembros del Consejo no hemos aprobado la actual redacción. Menos ha habido un proceso digno de consulta a los otros pueblos indígenas, sino que de la noche a la mañana se extiende este terrible régimen propuesto en la Comisión de Agricultura a los otros pueblos. Por lo tanto, este proyecto es inconstitucional, ilegal, y viola tratados internacionales y estándares de derechos humanos.

Ningún Consejero de la CONADI ha aprobado la actual redacción del Proyecto. Es más, nuevos antecedentes hacen ver que el proyecto original tampoco era el mejor. Evidencia de ello son nuevos informes en derecho que critican su contenido desde una perspectiva jurídica, y de derechos humanos. Cualquier reforma que se quiera emprender debería asegurar, como mínimo, que la tierra indígena nunca jamás pierda su calidad ante una división o enajenación.

Queremos decir que no basta con restar el apoyo a la mencionada reforma. Desde la identidad urbana, no queremos esencializar ni minimizar el problema económico que afecta a nuestros hermanos del Sur. Estos problemas son graves y requieren de una urgente solución. Deben encontrarse las soluciones a estos problemas de manera urgente y a como de lugar. Para ello existe un equipo jurídico del MIDEPLAN, CONADI, ONG´s, y los mismos indígenas, para proponer soluciones de verdad. Pero insistimos, lo peor sería estar dispersando y dividiendo las tierras indígenas. El Estado tiene los recursos suficientes para solucionar la pobreza indígena, y no se necesita acudir a un remedio peor que la enfermedad. Permitir la división de las tierras no será la solución de la pobreza indígena, sino aprovecharse de la pobreza de nuestros hermanos para arrancarles sus tierras a favor de resorts, parcelas de agrado, y el final loteo de nuestro territorio ancestral.


José Llancapan Calfucura
Consejero Indígena Urbano.

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