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Publicado por MIL 4 de Agosto, 2014/

Decreto del Gobierno de Chile del 3 de Agosto de 1817

Animado del justo deseo de atajar las calamidades de una guerra destructiva a que nos ha expuesto la malicia y ferocidad de nuestros enemigos los españoles; de restablecer la armonía y cimentar una paz perpetua con nuestros hermanos los caciques y sus súbditos de todos los Butalmapus y reducciones, especialmente con aquellos que seducidos por los esclavos de España, han abierto o intentado abrir guerra contra nosotros, he acordado a nombre de la Nación Chilena fijar por bases preliminares los artículos siguientes:

Habrá una paz eterna y duradera entre este Gobierno y sus súbditos con todas las Naciones que habitan desde la otra banda del Bíobío hasta los confines de la tierra.

Se guardará un olvido perpetuo de cuanto haya sucedido durante el tiempo de las hostilidades.

Protesto bajo mi palabra volver todas las mujeres, hijos y demás propiedades que se hayan quitado a nuestros hermanos los Caciques y sus súbditos en las acciones de Arauco y demás que haya habido, para lo que ya se han dado ordenes para el Comandante de esa Plaza.

Luego que estos Tratados se acepten por nuestros hermanos los Caciques, se canjearán o devolverán mutuamente, sin necesidad de canje, los prisioneros que hayan hecho de ambos partidos, sin perjuicio de que antes se les haga en Arauco entrega de las mujeres e hijos.

Declaro perdón, y el más solemne indulto a los Españoles, Chilenos y a toda clase de hombres que por servir a las miras ambiciosas del Rey de España, haya promovido la guerra y hostilizado de cualquier modo a los hijos de la Patria. Pueden los tales volver libremente a nosotros, bajo la firme protesta de que sus personas y bienes gozarán de toda seguridad y libertad a la sombra del Gobierno.

En fe de lo cual firmo los presentes artículos, signados con el Sello del Estado, y refrendados por mi Secretario de la Guerra, en la Plaza de Concepción, a 3 de agosto de 1817. Bernardo O’Higgins.

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Este Decreto emanado del Director Supremo del Gobierno de Chile y Comandante en Jefe del Ejército Chileno es el primer acuerdo jurídico internacional desde un total plano de igualdad entre Chile y Wallmapu.

Lo primero que llama la atención es que Chile ya no se refiere a nuestro país como un país de bárbaros y salvajes, sino que se refiere y dirige de una manera bastante acertada a nuestra institucionalidad; institucionalidad propia, democrática y totalmente distinta a la Institucionalidad de los Estados-Naciones occidentales. Nos conformamos con señalar que nuestra organización política se basaba principalmente en la distribución y funcionamiento de los Vtxamapu o Butalmapus como les llama O’Higgins. Cuatro eran los Vtxamapu: el del lavkén-vtxamapu, el del Lelvün-vtxamapu, el del Inapire-vtxaremapu y el del Pire-vtxamapu (conceptos que ya hemos explicado en twitter y que pronto trataremos latamente en nuestra página).

El segundo aspecto a notar es que O´higgins en su calidad de General y Director Supremo propone las bases de paz a nombre de la Nación Chilena, vale decir, a nombre de los nosotros para llegar a la paz por medio de este Tratado con ustedes, los otros, los que viven al otro lado del río Biobío.

El tercer y principal “artículo” señala que: Habrá una paz eterna y duradera entre este Gobierno y sus súbditos con todas las Naciones que habitan desde la otra banda del Bíobío hasta los confines de la tierra. Este es el artículo mas clarificador del tratado, puesto que aquí abiertamente se distingue y reconoce que el río Biobío es frontera entre el País, Nación y Estado de Chile con el País de las Naciones que habitan la otra banda del Biobío hasta los confines de la tierra. Las naciones a las que se refiere O’Higgins son los Vtxamapu o Butalmapus que les llama él, ya señaladas mas arriba.

En cuánto a la frase “hasta los confines de la tierra”, que podemos entender por ella?. Nosotros le llamamos mapu a nuestra tierra y Wallmapu a nuestro país. Una traducción lo mas literal posible sería que mapu significa tierra y Wallmapu significaría toda la tierra, toda la tierra que se conoce, todo lo que está alrededor.

En Argentina y en Chile nosotros nos referíamos a nuestro país como la mapu, es decir, la tierra. Al respecto nosotros postulamos que de ahí vienen las menciones a nuestro país como la tierra y nuestra denominación como Mapuche, es decir, gente de la tierra, gente de Wallmapu, entonces, para nosotros Mapuche no significa literalmente Gente de la tierra como elemento o como “agro”, sino que Mapuche significa gente de la mapu como territorio, como espacio habitado por una nación, como país, entonces, Mapuche significa gente de Wallmapu, de ese territorio ubicado al sur del río Biobío en Ngulumapu (zona oeste de Wallmapu) y del río salado en Puelmapu (zona este de Wallmapu).

Por las razones ya expuestas es que nosotros creemos que cuándo los chilenos, argentinos, españoles y extranjeros en general hablan en sus cartas, libros, leyes y tratados de “la tierra”, se refieren a “la tierra” en el sentido señalado, en atención a que castellanizaban la voz mapu o Wallmapu respecto de la cuál nosotros hacíamos alusión.

En el párrafo del indulto a chilenos y españoles, el Gobierno de Chile se refiere efectivamente a individuos de esas nacionalidades que habían luchado contra Chile o que se encontraban prófugos de la justicia Chilena y asilados en Wallmapu.

El Decreto del Gobierno de Chile, que en los hechos fue un Tratado Internacional, perseguía según Leonardo León que: “Para todos debía quedar claro que el Gulumapu era, en efecto, un tercer país, que nada tenía que hacer con lo que sucedía en Chile”.

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Fuente: Historia Mapuche

 

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